miércoles, 19 de septiembre de 2018

DEDUCCIONES ESCOLARES EN ARAGON

Deducciones escolares




Recién comenzado el curso escolar 2018/2019 en Aragón, os dejo un resumen de las deducciones vigentes en la Comunidad Autónoma por adquisición de libros de texto y material escolar (en educación primaria y secundaria obligatoria) y gastos en guarderías de niños menores a 3 años,





Guardería:

Importe:

ü 15% de las cantidades satisfechas durante el año

Límite:

ü 250 euros / niño (125 euros el año en que el niño cumple 3 años)

Requisitos:

  ü Que los descendientes den derecho a aplicar el mínimo por descendiente

  ü En declaraciones individuales, que la suma de base liquidable general y del ahorro no supere los 35.000 euros (50.000 euros en declaraciones conjuntas)

  ü La base imponible del ahorro no ha de superar los 4.000 euros

  ü Cuando los hijos vivan con más de un contribuyente, la deducción se reparte en partes iguales



  


Primaria y ESO:

Importes máximos:

a.-Declaración individual:
·        Si es familia numerosa: 75 euros por hijo con el requisito de que la suma de base general y del ahorro no supere los 30.000 euros.

·        En el resto de casos, el importe por niño depende del tramo en que se encuentre la suma de base liquidable general y del ahorro según lo siguiente:
o   Hasta 6.500 euros: 50 euros /hijo
o   De 6.500,01 a 10.000 euros: 37,50 euros/hijo
o   De 10.000,01 a 25.000: 25 euros/hijo


b.-Declaración conjunta:

·        Si es familia numerosa: 150 euros por hijo con el requisito de que la suma de base general y del ahorro no supere los 40.000 euros.

·        Si no es familia numerosa, el importe por niño depende del tramo en que se encuentre la suma de base liquidable general y del ahorro según la siguiente escala:
o   Hasta 12.000 euros: 100 euros /hijo
o   De 12.000,01 a 20.000 euros: 50 euros/hijo
o   De 20.000,01 a 25.000: 37,5 euros/hijo


Requisitos generales:

  ü Que los descendientes den derecho a aplicar el mínimo por descendiente

  ü La deducción la aplicará el ascendiente que haya abonado los importes de gastos ; en caso de régimen de gananciales, por partes iguales